LEGALIZACION DE INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO, CLIMATIZACION


CONTRATANOS AHORA Y LEGALIZAMOS TU INSTALACION DE AIRE ACONDICIONADO

¿NECESITAS LEGALIZAR O DAR DE ALTA TU INSTALACION DE AIRE ACONDICIONADO, CALEFACCION, PRODUCCION DE AGUA CALIENTE SANITARIA?

Si ya sabes que la respuesta es si, haz encontrado la empresa adecuada, en aacore supply  inspeccionamos y damos de alta tu instalación siempre y cuando cumpla dicha instalación cumpla con todos los requisitos necesarios para el buen funcionamiento.

Si no estas seguro que debes dar de Alta, o legalizar tu Instalación de Aire acondicionado en industria, continua leyendo. 

¿Cuándo tengo que legalizar mi instalación de Aire Acondicionado, Calefacción, o Producción de Agua Caliente Sanitaria ?

El Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE) regula todas las instalaciones de calefacción, ventilación,  y preparación de agua caliente sanitaria (ACS) destinada a atender la necesidad de bienestar de las personas,  y en el se indica que si tu instalación es superior a 5 kw, entonces debes darla de alta en industria.

Dar de alta ó Legalizar tu aire Acondicionado, Calefacción, o Producción de Agua Caliente Sanitaria en industria, no es necesario en los siguientes tres casos::

  1. Cuando tu Instalación de potencia térmica nominal instalada en generación de calor o frío sea menor que 5 kW.
  2. Cuando tu Instalación de producción de agua caliente sanitaria por medio de calentadores instantáneos, o calentadores acumuladores, o termos eléctricos, cuando la potencia térmica nominal de cada uno de ellos por separado o su suma sea menor o igual que 70 kW.
  3. Cuando sean Sistemas solares consistentes en un único elemento prefabricado.

Completa el siguiente formulario para recibir una oferta de la Legalización o dar de Alta de tu Instalación de Aire Acondicionado, RefrigeraciónCalefacción ó producción de agua ACS.

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Las instalaciones térmica según el RITE, se subdividen en 3 grupos, Menores de 5 Kw, entre 5 y 70 Kw y Mayores de 70 Kw
 
Como te hemos comentado, si tu instalación de aire acondicionado, calefacción o producción de calor, tiene una potencia inferior a 5kw, entonces no deberás hacer ninguna gestión administrativa,  En caso de que la potencia térmica este comprendida entre los 5 y los 70 kW, la instalación será diseñada, calculada, ejecutada y probada por un Instalador habilitado por industria, en posesión del carnet de instalador, y éste será el responsable de la elaboración de la memoria técnica para poder dar de alta tu instalación ó inscripción administrativa en industria, esta alta la realizamos según el procedimiento que estipula cada Comunidad Autónoma, y la misma será tramitada una vez finalizados los trabajos de instalación y puesta en funcionamiento de los equipos de Aire acondicionado, refrigeración, calefacción, o  de producción de ACS. 
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